Cómo funciona la publicidad en tu sector
El punto de partida hay que explicarlo bien porque se malinterpreta: el incentivo no premia simplemente tener un intangible, sino la cesión de determinados derechos de uso a terceros o dentro de un grupo, cumpliendo requisitos. Aclararlo evita que una empresa crea que por tener una patente registrada ya puede aplicar algo.
Y hay requisitos exigentes: qué activos encajan, qué proporción del desarrollo se ha hecho realmente por la empresa, cómo se estructura el contrato de cesión, qué documentación hay que conservar. No es un ajuste que se hace al cerrar el ejercicio, es una estructura que hay que montar bien desde el principio y sostener.
La parte más delicada es justificar el valor de lo que se cede, sobre todo cuando la cesión es dentro del mismo grupo, donde además se cruza con las reglas de operaciones vinculadas. Hacerlo sin un análisis sólido es abrir la puerta a un ajuste posterior, así que explicar ese rigor es lo que justifica un honorario que parece alto.
Y conviene decir con claridad lo que no encaja: no todo lo que una empresa considera valioso es un intangible apto, ni cualquier estructura sirve. Ser honesto con eso, incluso cuando implica decir que no hay caso, distingue de quien vende el incentivo a cualquiera y deja al cliente con un problema para dentro de unos años.